Esta moratoria está pensada para trabajadores
o empresarios en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la situación
generada por el coronavirus. El consistorio ha habilitado tres teléfonos de
atención en horario de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 horas.
El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra ayuda
estos días a los ciudadanos e informa de los trámites necesarios para gestionar
la moratoria de las hipotecas como medida aprobada por el Gobierno ante la
situación del COVID-19 para paliar el impacto económico. El conjunto de medidas
incluye la posibilidad de que los autónomos se acojan a la moratoria
de hipotecas para aplazar las deudas relativas a locales comerciales,
oficinas, etc. Igualmente, supone la opción de que aquellos propietarios
que tengan una vivienda alquilada (y con hipoteca) también se beneficien
de la moratoria hipotecaria. El tercer aspecto de estas medidas incluye una
nueva moratoria para créditos y préstamos personales.
La moratoria de hipotecas por el coronavirus
está pensada, según consta en el Real Decreto aprobado por el Ejecutivo, para
deudores en situación de vulnerabilidad. Por tanto, no se trata de una
moratoria universal, sino que solo será de aplicación para trabajadores por
cuenta ajena o autónomos, hipotecas sobre la vivienda
habitual, sobre inmuebles vinculados a la actividad
económica que desarrollen los trabajadores autónomos (profesionales o
empresarios) y sobre viviendas distintas a la habitual en situación de
alquiler para las que el deudor hipotecario, propietario y arrendador,
haya dejado de percibir la renta.
Además de cumplir con uno de los aspectos
anteriores, es necesario que quienes soliciten la moratoria de hipotecas por el
COVID-19 se encuentren dentro de determinados parámetros económicos y
familiares tales como:
Que el deudor haya pasado a estar
en situación de desempleo por ERE o por ERTE como consecuencia del
COVID-19. En el caso de ser empresario o profesional, haya tenido que cesar su
actividad o sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída de ventas
de al menos del 40%.
Que los ingresos de los miembros de la
unidad familiar no superen, en el mes anterior a la solicitud de la
moratoria el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos
Múltiples mensual (IPREM).
Que la cuota hipotecaria, más los gastos
y suministros básicos, representen el 35% (o más) de los ingresos netos de
todos los miembros de la unidad familiar. Que se haya producido una alteración
significativa de las circunstancias económicas de la unidad familiar como
consecuencia de la emergencia sanitaria, lo que pasa por uno de estos
supuestos.
Para este asunto, el Ayuntamiento ha
habilitado los números de teléfonos de atención 955796407/ 955796408/ 955796409 operativos en horario de lunes a
viernes de 9.00 a 13.00 horas.